Me atropellaron en un paso de peatones en Barcelona”: qué hacer, a quién reclamar y cómo conseguir tu indemnización máxima
Lectura: 3 min
Atropello en paso de peatones en Barcelona: derechos y pasos legales
Si has sufrido un atropello en paso de peatones en Barcelona, la ley te protege de forma clara: el vehículo debe extremar la precaución y respetar la prioridad de paso. Aun así, las aseguradoras intentan minimizar secuelas y cuestionar la dinámica del siniestro. Esta guía te explica qué hacer desde el primer minuto, cómo reunir pruebas, cuáles son los plazos y cómo reclamar una indemnización completa conforme al Baremo 35/2015.
- Atiende urgencias y conserva todo el historial médico.
- Solicita atestado policial y localiza cámaras/testigos.
- Notifica a la aseguradora y exige oferta motivada.
- Cuantifica secuelas y lucro cesante con pericial.
- Si la oferta es baja o tardía, reclama intereses art. 20 LCS.
- Qué hacer tras el atropello
- Pruebas clave que blindan tu caso
- Cómo se calcula la indemnización (Baremo 35/2015)
- Oferta motivada e intereses del art. 20 LCS
- Plazos para reclamar
- FAQ
Qué hacer tras un atropello en paso de peatones
1) Urgencias y seguimiento: acude a un centro sanitario y explica que el origen es un atropello. El parte de urgencias y los informes de rehabilitación serán la base médica del caso.
2) Policía/Guardia Urbana: solicita el atestado. Si no lo levantaron, formula denuncia para fijar la dinámica, la señalización y la prioridad de paso.
3) Comunicación al seguro: notifica el siniestro y guarda justificantes. Evita dar versiones ambiguas; no firmes documentos que no comprendas.
4) Asesoría temprana: un despacho especializado coordina pruebas, periciales y estrategia frente a la aseguradora.
Pruebas clave que blindan tu caso
El éxito probatorio se apoya en: atestados, CCTV (solicitar copia en 48–72 h), testigos con datos completos, fotos de marcas de frenado/semaforización, e informes médico-periciales (secuelas, limitaciones laborales). Si la defensa contraria alega culpa concurrente (irrupción sorpresiva, semáforo ámbar), la reconstrucción técnica y la lectura de fases semafóricas son decisivas.
Cómo se calcula la indemnización (Baremo 35/2015)
La indemnización contempla perjuicio personal básico y particular (días de curación/estancia hospitalaria, secuelas, daño moral) y perjuicio patrimonial (gastos, lucro cesante). El lucro cesante requiere acreditar ingresos reales y afectación laboral; en autónomos y temporales es frecuente la infravaloración si no se aporta pericial económica.
Oferta motivada e intereses del art. 20 LCS
La aseguradora debe emitir oferta motivada. Si no lo hace dentro de plazo, o la oferta es insuficiente, procede reclamar intereses de mora del art. 20 LCS, que pueden incrementar de forma notable la cuantía final cuando hay demora injustificada.
Plazos para reclamar
Con carácter general, el plazo para reclamar es de un año desde la estabilización de secuelas o desde que el lesionado puede cuantificar el daño. Este plazo se interrumpe mediante reclamación fehaciente. En supuestos con diligencias penales, los plazos pueden variar.
Continúa leyendo en el blog o solicita una evaluación gratuita de tu caso. Conoce más sobre nosotros en la página de inicio.
FAQ: atropello en paso de peatones
¿Quién responde por los daños? La aseguradora del vehículo responsable; en supuestos especiales, el Consorcio de Compensación de Seguros.
¿Y si el conductor se dio a la fuga? Denuncia inmediata; intenta obtener cámaras/testigos. Puede intervenir el Consorcio si no se identifica vehículo.
¿Puedo reclamar si el semáforo estaba ámbar? Depende de la dinámica y prueba. La prioridad peatonal y la diligencia del conductor siguen siendo claves.
¿Acepto la primera oferta? No sin revisión profesional y cálculo conforme a Baremo 35/2015 y pericial adecuada.
💼 Consulta gratuita: Pedir cita
✉️ Email: abogadoaccidentes@proton.me

