La reciprocidad de la responsabilidad en los accidentes
El Tribunal Supremo dictó una sentencia en la que se estima el recurso de casación interpuesto por la representación de un demandante que reclamaba una indemnización por las lesiones sufridas en un accidente de tráfico. En la sentencia, se hace referencia a la doctrina jurisprudencial sobre la imputación de la responsabilidad civil en materia de daños corporales derivados de la circulación de vehículos a motor. La sentencia del juzgado estimó la demanda, pero la sentencia de la Audiencia Provincial revocó la del juzgado y desestimó la demanda, argumentando que no se podía determinar el punto de colisión y no se habían aportado pruebas razonables sobre la realidad del accidente. La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo dictó sentencia en la que se estima el recurso de casación del demandante y se establece que, en el régimen de responsabilidad civil fundado en el riesgo creado por la circulación, en caso de colisión recíproca de vehículos, debe determinarse a cuál de los dos conductores corresponde la eficiencia causal en la producción del daño, o si esta debe ser distribuida proporcionalmente entre ambos por haber actuado concurrentemente. En el caso en cuestión, se declara la recíproca responsabilidad civil por el accidente en la proporción en que cada conductor haya contribuido a causarlo. La sentencia del Tribunal Supremo fue emitida en 2017 y fue admitido el recurso de casación interpuesto por la representación