El conductor huyó… y nadie pagaba mi accidente…
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Accidente con vehículo sin seguro, robado o fuga: cómo reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros (Guía 2025)
Sufrir un accidente de tráfico y descubrir que el otro conductor no tenía seguro, que el vehículo era robado o que simplemente se dio a la fuga es una de las situaciones más desesperantes para una víctima. En España, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) actúa para que nadie quede sin indemnización. En esta guía 2025 te explicamos cuándo interviene, qué documentación necesitas y cómo reclamar paso a paso tu compensación integral.
1) Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)
El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es un organismo público dependiente del Estado que garantiza que las víctimas de accidentes de tráfico no queden desamparadas en casos en los que no existe una aseguradora responsable o esta no puede responder económicamente.
En concreto, el CCS actúa en los siguientes supuestos:
- Vehículo sin seguro obligatorio en vigor.
- Vehículo robado o sustraído, con denuncia policial.
- Vehículo desconocido o fuga del responsable.
- Aseguradora insolvente o en liquidación.
2) Cuándo interviene el Consorcio
El Consorcio solo interviene cuando no existe aseguradora que deba hacerse cargo o esta no puede hacerlo. Si hay dudas sobre la cobertura del seguro, primero se debe dirigir la reclamación a la compañía sospechosa, y únicamente si no asume responsabilidad, se activa la vía del CCS.
La intervención del Consorcio busca proteger el derecho de las víctimas y garantizar una indemnización justa en todos los casos previstos por ley.
3) Documentación y requisitos esenciales
- Atención médica inmediata y parte de lesiones.
- Denuncia o atestado policial (fuga, robo o falta de seguro).
- Pruebas del siniestro: fotos, vídeos, testigos o grabaciones.
- Identificación del vehículo contrario si se conoce (matrícula o modelo).
- Justificantes económicos: facturas, ingresos perdidos, tratamientos, etc.
4) Reclamación paso a paso
- Asistencia médica y conservación de informes.
- Denuncia/atestado y obtención del número de diligencias.
- Recopila pruebas visuales y testimoniales del siniestro.
- Presenta reclamación fehaciente ante el Consorcio (correo certificado o electrónico).
- Valoración de daños según el baremo legal vigente.
- Oferta motivada del CCS y, si no es adecuada, posibilidad de impugnarla o acudir a la vía judicial.
5) Cómo se calcula la indemnización
El cálculo se realiza con el baremo oficial de tráfico, aplicando valores a cada concepto:
- Días de perjuicio (básico, moderado, grave o muy grave).
- Secuelas permanentes con puntuación médica.
- Gastos sanitarios y rehabilitación.
- Lucro cesante por pérdida de ingresos.
- Daños materiales (vehículo, ropa, dispositivos).
Además, si se acredita daño moral o pérdida de calidad de vida, también pueden incluirse indemnizaciones adicionales.
6) Modelo de escrito al Consorcio
Asunto: Reclamación de daños por accidente – Vehículo sin seguro/robado/fuga – [Referencia]
Cuerpo:
“En fecha [dd/mm/aaaa] sufrí un accidente en [lugar]. El vehículo contrario [sin seguro/robado/desconocido]
provocó el siniestro. Adjunto denuncia, informes médicos, justificantes y pruebas del hecho.
Solicito oferta motivada por lesiones, secuelas y perjuicios. En caso de disconformidad,
ejerceré las acciones necesarias para obtener la indemnización íntegra conforme al baremo vigente.”
7) Errores frecuentes que debes evitar
- Retrasar la asistencia médica tras el accidente.
- No presentar denuncia o atestado cuando hay fuga o robo.
- No interrumpir la prescripción (1 año) con una reclamación formal.
- Aceptar ofertas sin valoración profesional.
- No conservar pruebas del siniestro (testigos, grabaciones, fotos).
8) Preguntas frecuentes (FAQ)
¿El Consorcio paga siempre el 100%? Cubre lo previsto legalmente; el importe final depende del baremo y las pruebas médicas aportadas.
¿Y si luego aparece el responsable? El CCS puede repetir contra él, pero tú no pierdes tu derecho a cobrar.
¿Hace falta abogado? No es obligatorio, pero contar con uno mejora los tiempos y la cuantía reconocida.
¿Cuál es el plazo para reclamar? El plazo general es de 1 año desde la estabilización de las lesiones o la fecha del siniestro.
1) Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)
El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es un organismo público dependiente del Estado que garantiza que las víctimas de accidentes de tráfico no queden desamparadas en casos en los que no existe una aseguradora responsable o esta no puede responder económicamente.
En concreto, el CCS actúa en los siguientes supuestos:
- Vehículo sin seguro obligatorio en vigor.
- Vehículo robado o sustraído, con denuncia policial.
- Vehículo desconocido o fuga del responsable.
- Aseguradora insolvente o en liquidación.
2) Cuándo interviene el Consorcio
El Consorcio solo interviene cuando no existe aseguradora que deba hacerse cargo o esta no puede hacerlo. Si hay dudas sobre la cobertura del seguro, primero se debe dirigir la reclamación a la compañía sospechosa, y únicamente si no asume responsabilidad, se activa la vía del CCS.
La intervención del Consorcio busca proteger el derecho de las víctimas y garantizar una indemnización justa en todos los casos previstos por ley.
3) Documentación y requisitos esenciales
- Atención médica inmediata y parte de lesiones.
- Denuncia o atestado policial (fuga, robo o falta de seguro).
- Pruebas del siniestro: fotos, vídeos, testigos o grabaciones.
- Identificación del vehículo contrario si se conoce (matrícula o modelo).
- Justificantes económicos: facturas, ingresos perdidos, tratamientos, etc.
4) Reclamación paso a paso
- Asistencia médica y conservación de informes.
- Denuncia/atestado y obtención del número de diligencias.
- Recopila pruebas visuales y testimoniales del siniestro.
- Presenta reclamación fehaciente ante el Consorcio (correo certificado o electrónico).
- Valoración de daños según el baremo legal vigente.
- Oferta motivada del CCS y, si no es adecuada, posibilidad de impugnarla o acudir a la vía judicial.
5) Cómo se calcula la indemnización
El cálculo se realiza con el baremo oficial de tráfico, aplicando valores a cada concepto:
- Días de perjuicio (básico, moderado, grave o muy grave).
- Secuelas permanentes con puntuación médica.
- Gastos sanitarios y rehabilitación.
- Lucro cesante por pérdida de ingresos.
- Daños materiales (vehículo, ropa, dispositivos).
Además, si se acredita daño moral o pérdida de calidad de vida, también pueden incluirse indemnizaciones adicionales.
6) Modelo de escrito al Consorcio
Asunto: Reclamación de daños por accidente – Vehículo sin seguro/robado/fuga – [Referencia]
Cuerpo:
“En fecha [dd/mm/aaaa] sufrí un accidente en [lugar]. El vehículo contrario [sin seguro/robado/desconocido]
provocó el siniestro. Adjunto denuncia, informes médicos, justificantes y pruebas del hecho.
Solicito oferta motivada por lesiones, secuelas y perjuicios. En caso de disconformidad,
ejerceré las acciones necesarias para obtener la indemnización íntegra conforme al baremo vigente.”
7) Errores frecuentes que debes evitar
- Retrasar la asistencia médica tras el accidente.
- No presentar denuncia o atestado cuando hay fuga o robo.
- No interrumpir la prescripción (1 año) con una reclamación formal.
- Aceptar ofertas sin valoración profesional.
- No conservar pruebas del siniestro (testigos, grabaciones, fotos).
8) Preguntas frecuentes (FAQ)
¿El Consorcio paga siempre el 100%? Cubre lo previsto legalmente; el importe final depende del baremo y las pruebas médicas aportadas.
¿Y si luego aparece el responsable? El CCS puede repetir contra él, pero tú no pierdes tu derecho a cobrar.
¿Hace falta abogado? No es obligatorio, pero contar con uno mejora los tiempos y la cuantía reconocida.
¿Cuál es el plazo para reclamar? El plazo general es de 1 año desde la estabilización de las lesiones o la fecha del siniestro.

